Il portale è iscritto nel Registro dei Gestori delle Vendite Telematiche con PDG 2 del 04/08/2017 - Modello di Org., Gestione e Controllo ai sensi del D.lgs 231/01 & Codice Etico

Preguntas frecuentes


¿Qué es el portal público de ventas?

El PVP fue establecido por el artículo 13, letra b, n ° 1, del Decreto-Ley del 27 de junio de 2015, n. 83 convertido con modificaciones por la Ley 6 de agosto de 2015, n. 132, que sustituyó al primer párrafo del art. 490, estableciendo que:

«Cuando la ley disponga que un acto ejecutivo se dé aviso público, se deberá colocar en el portal del Ministerio de Justicia un aviso con todos los datos, que puedan ser de interés para el público, en un espacio público denominado" venta pública portal "."

En el PVP se publican los anuncios de venta de los activos derivados de los procedimientos ejecutivos y concursales, así como los trámites adicionales para los que se requiere publicación por ley.

A través del PVP, los usuarios interesados ​​en presentar una oferta también tienen derecho a ver las propiedades dentro de los 15 días posteriores a la solicitud realizada, solo a través del PVP, de conformidad con el artículo 560 del Código Civil italiano modificado por el Decreto Legislativo No. 59/2016 . En este contexto, la solicitud para visitar / ver la propiedad se enviará exclusivamente a través del PVP.

El portal está activo desde el 17 de julio de 2017 y a partir de esa fecha en la disposición de la autoridad judicial es posible proceder con la publicación y consulta.

El portal público de ventas es accesible desde las siguientes direcciones:

https://pvp.giustizia.it

https://venditepubbliche.giustizia.it

https://portalevenditepubbliche.giustizia.it


¿Cuándo será obligatorio publicar en el portal público de ventas?

Las normas relativas a las obligaciones de publicación en el portal público de venta y las vinculadas a ellas serán de aplicación no antes de transcurridos treinta días desde la publicación en el Boletín Oficial de las especificaciones técnicas previstas en el artículo 161-quater de las disposiciones para la implementación. del código de procedimiento civil previsto en el art. 23, párrafo 2, del Decreto Legislativo 27 de junio de 2015, n. 83, convertido con modificaciones por la Ley 6 de agosto de 2015, n. 132,

Además, como lo requiere el párrafo 3-bis del artículo 4 del Decreto Legislativo 3 de mayo de 2016, n. 59 convertidos con modificaciones por la Ley 30 de junio de 2016, n. 119, mediante decreto del Ministro de Justicia, se constata la plena funcionalidad del portal público de venta previsto en el artículo 161-quater de las disposiciones para la implementación del código procesal civil y que el portal está operativo a partir de la publicación del decreto. en Oficial.

El mismo decreto también establece que la solicitud de visita a las propiedades a que se refiere el art. 560, quinto párrafo, cuarto período, del Código de Procedimiento Civil se formula exclusivamente a través del portal público de ventas a partir del nonagésimo día siguiente a la publicación en el Diario Oficial del decreto a que se refiere el párrafo 3-bis y que la disposición referida en el arte. 569, cuarto párrafo, del código de procedimiento civil relativo a las ventas telemáticas se aplica a las ventas forzosas de bienes inmuebles ordenadas por el juez de ejecución o por el profesional delegado después del nonagésimo día siguiente a la publicación en el Diario Oficial del decreto a que se refiere el párrafo 3- BIS.

La publicación de las medidas está prevista para el 30 de septiembre de 2017, por lo que presumiblemente la publicación será obligatoria para el 30 de octubre de 2017, mientras que la solicitud obligatoria de visita a las propiedades y los experimentos de venta telemática a partir del 30.12.2017 Cualquier aplazamiento de la publicación de las disposiciones pospondrá los términos obligatorios indicados anteriormente para una fecha posterior.


¿Qué procedimientos existen para la publicación en el portal público de ventas?

La publicación obligatoria sobre el PVP se refiere a:

la venta de bienes muebles, bienes muebles registrados y bienes inmuebles que se deriven de los procedimientos de ejecución individual de conformidad con el artículo 13, párrafo 1, letra b) no. 1 del DL 27. Junio ​​de 2015 n. 83;

 

acuerdo con los acreedores para la transferencia de activos prevista en el art. 182 RD 16.03.1942 n. 267, de conformidad con el art. 2 párrafo 2 letra b DL 27 de junio de 2015 n. 83;


liquidación en materia de quiebra o en la hipótesis de venta ordenada de conformidad con el artículo 107 de la LF, de conformidad con el artículo 11 del Decreto Legislativo 27 de junio de 2015 n. 83;


la venta de activos derivados de pignoraciones de no tenencia de conformidad con el Artículo 1 párrafo 7 letra a) Decreto Legislativo 3.05.2016 n. 59.


Con respecto a la publicación de los bienes a que se refiere la letra "A", se prevé expresamente en el artículo 631 bis del Código Civil italiano, que si la publicación en el portal público de ventas no se lleva a cabo  dentro del plazo establecido por el juez por causa imputable al acreedor distractor o acreedor interviniendo con título ejecutivo,  el juez declarará la terminación del proceso ejecutivo mediante auto.


¿Quién puede publicar avisos de venta en el portal público de ventas?

La publicación en el portal público de ventas la realiza el profesional delegado o el comisionista o, en su defecto, el acreedor distractor o el acreedor interviniente con título exigible y de acuerdo con las especificaciones técnicas, mejor definido como "titular".

El acceso al área reservada es a través de un dispositivo de firma digital o CNS (Tarjeta de Servicio Nacional). En algunos casos, durante el acceso, es necesario instalar los certificados de su dispositivo en la PC y evaluar la compatibilidad del navegador utilizado. En su lugar, el navegador más compatible parece ser Google Chrome.

El PVP reconoce el tema con derecho a publicación a través de un sistema de conexión a los registros electrónicos del SIECIC y el registro SICID.

El manual relacionado con la inserción del aviso de venta se puede encontrar en el siguiente enlace:

https://pst.giustizia.it/PST/resources/cms/documents/Manuale_user_Back_Office_Insinser_Avvisi_di_Vendita.pdf


¿Cuáles son los datos que se deben publicar?


Resumen de las fases de inserción en el portal:

ingresar los datos identificativos del procedimiento y sus órganos;

reportar los datos identificativos de la propiedad / lote en venta (descripción, datos catastrales, etc.);

insertar el aviso de venta;

adjuntar los documentos pertinentes (orden de venta, aviso de venta, tasación, fotos, etc.) NB es obligatorio publicar al menos un documento (orden o aviso de venta);

pagar la tarifa de publicación;

seleccione el sitio de publicidad local y el gerente de ventas;

luego ingrese el resultado de la licitación y cualquier evento significativo (por ejemplo, revocación, suspensión, etc.).


¿Cuál es el monto de la tarifa de publicación en el portal de ventas público?

Se debe realizar una contribución de 100 euros para su publicación por parte del acreedor del procedimiento. La contribución está prevista de conformidad con el art. 18 bis (insertado por el artículo 15, párrafo 1, DL 27 de junio de 2015, n. 83, convertido, con modificaciones, por la Ley 6 de agosto de 2015, n. 132) del Decreto Presidencial de 30 de mayo de 2002, n. En materia de costas judiciales ). NB: Cuando la venta se organiza en varios lotes, la tarifa de publicación se paga por cada lote.

Cuando hay admisión a la asistencia jurídica gratuita, la contribución para la publicación se registra en deuda.

La aportación no corresponde a la publicación relativa a bienes distintos de los inmuebles registrados y bienes muebles con valor inferior a 25.000 euros.

¿Cómo pago la tarifa de publicación en el portal público de ventas?

Las instrucciones para el pago de la contribución se pueden encontrar en el siguiente enlace:

http://pst.giustizia.it/PST/resources/cms/documents/pagamento_importo_fisso_PVP.pdf

 

¿Existe ayuda para publicar en el portal de ventas público?

 

Actualmente, el Ministerio de Justicia no ofrece un servicio de mesa de ayuda, pero como se indicó anteriormente, hay manuales disponibles en el sitio web pst.giustizia.it y preguntas frecuentes y una guía sobre PVP.

Con el fin de brindar un soporte concreto a los temas con derecho a publicación, el Grupo Edicom ha activado los servicios de soporte para la carga en el portal público de ventas, a través de un Contact Center dedicado.

El servicio estará disponible de lunes a viernes de 9:00 a 13:00 y de 14:30 a 17:00 y se puede llegar a través de los siguientes medios de contacto:

centro de llamadas al 041.5369911;

correo electrónico: assistenza.pvp@edicomsrl.it ;

a través del formulario de contacto correspondiente en el portal asteannunci.it;

a través del contacto de chat en línea disponible en los sitios de la red Edicom.

Además, se brinda asistencia in situ a través de personal calificado disponible en las oficinas territoriales del Grupo Edicom.

¿Hay cursos de formación?

Edicom se pone a disposición en colaboración con las asociaciones profesionales locales para apoyar y patrocinar reuniones de formación e iniciativas útiles para proporcionar información correcta a los profesionales involucrados en diversas capacidades en la actividad de carga de avisos de venta en el portal público de ventas y en las ventas telemáticas que se describen a continuación.


¿Cuáles son las otras formas de publicidad para avisos de ventas?

Además de la publicación en el portal público de ventas, sigue siendo obligatoria la publicación en sitios de internet especializados para la inserción de los avisos de venta a que se refiere el Decreto Ministerial 31/10/2006 según exige el inciso 2 del art 490 cpc:

" En el caso de expropiación de bienes muebles registrados, por valor superior a 25.000 euros, y de bienes inmuebles, la misma notificación, junto con copia de la orden del juez y el informe de tasación elaborado en virtud del artículo 173 disposiciones para la ejecución de este código también se publica en sitios web específicos al menos cuarenta y cinco días antes de la fecha límite para la presentación de ofertas o la fecha de la subasta ".

El portal público de ventas transmite automáticamente los datos de publicación a los sitios web a los que se refiere el párrafo 2 señalados en la orden del Juez, pero no transmite los anexos para ser publicados obligatoriamente (Aviso / orden de venta, informe de tasación) que serán transmitidos directamente. de la persona autorizada a publicar al administrador (es) de los sitios web dispuestos en la ordenanza.

El Grupo Edicom dispone de los siguientes sitios web especializados para la inserción de avisos comerciales autorizados por el Ministerio de Justicia: www.asteannunci.it - www.asteavvisi.it - www.canaleaste.it - www.rivistaastegiudiziarie.it


Otras formas de publicidad, previstas en el apartado 3 del art. 490 del Código Civil italiano, puede ser ordenado por el Juez oa petición del acreedor o acreedores procesadores que hayan intervenido con título:

Incluso a solicitud del acreedor procesal o de los acreedores intervinientes con título exigible, el juez también podrá ordenar que se inserte el aviso al menos cuarenta y cinco días antes de la fecha límite para la presentación de ofertas una o más veces en los noticieros locales. los periódicos de mayor circulación de que se trate o, en su caso, en los periódicos nacionales o que se difunda en forma de publicidad comercial. Los periódicos de noticias locales, multisemanales o semanales publicados por sujetos inscritos en el Registro de Operadores de Comunicaciones (ROC) y con características editoriales similares a los de los periódicos que garantizan la mayor circulación en el área en cuestión son equivalentes a los periódicos. En la notificación se omite la indicación del deudor ".

Por ello, el profesional responsable, de la forma habitual, deberá remitir al Grupo Edicom la solicitud de publicación relativa a las obligaciones publicitarias previstas en la ordenanza correspondiente. (Por ejemplo, sitios web, gestión de publicidad impresa, publicidad complementaria y comercial).

SIMPLIFICACIÓN DEL DESEMPEÑO DE LAS OBLIGACIONES PUBLICITARIAS POR PARTE DEL SUJETO LEGITIMIZADO DE PUBLICACIÓN (PROFESIONAL DELEGADO, COMISARIO, LIQUIDADOR JUDICIAL, ETC.)

A la luz de lo anterior, el Grupo Edicom, en el marco de los Juzgados con los que colabora sistemáticamente, propone los siguientes pasos con el fin de simplificar la ejecución de las obligaciones publicitarias:

El sujeto con derecho a publicación envía a Edicom la solicitud de publicación acompañada de los datos de facturación y anexos (aviso de venta e informe de tasación, fotografías y planos de los lotes en venta).


Los métodos de envío son los siguientes:

 

a través del procedimiento de envío electrónico en el portal www.asteannunci.it

por dirección de correo electrónico específica (las direcciones de correo electrónico locales dedicadas al Tribunal único ya están activas);

por breve entrega en mano al personal disponible en las oficinas locales.


El personal de Edicom ayuda a los solicitantes en la preparación de la documentación, también con el fin de cumplir con la legislación sobre privacidad y confidencialidad para la protección de los ejecutivos.NB : en cualquier caso, el solicitante está obligado a verificar la documentación para verificar la ausencia de datos sensibles. . Además, se prevé que la persona autorizada a publicar en el portal público de ventas pueda cargar los lotes a través de un archivo XML. Estos archivos serán generados por Edicom y enviados al solicitante por correo electrónico con el fin de simplificar el procedimiento de carga del aviso de venta en el portal público de ventas.

 

El personal de Edicom procede a la tramitación de la solicitud de publicación cumpliendo con las obligaciones publicitarias previstas en la ordenanza relativa a los apartados 2 y 3 del art. 490 cpc


Los comprobantes de publicación en los medios publicitarios dispuestos en la ordenanza se remiten al solicitante, a excepción del recibo de publicación en el portal público de venta.


Como se ha indicado anteriormente, el personal del Grupo Edicom quedará a disposición de los sujetos habilitados para publicar con el fin de brindar toda la asistencia necesaria para el correcto y oportuno cumplimiento de todas las obligaciones publicitarias previstas en la ordenanza.





¿Qué son las ventas telemáticas?

El artículo 569 del Código Civil , inciso tercero, dispone que el Juez, luego de haber ordenado la venta forzosa del inmueble, "establece, salvo que sea perjudicial para los intereses de los acreedores o para la pronta ejecución del procedimiento, que el pago de El depósito, la presentación de ofertas, el desarrollo de la licitación entre los oferentes y, en los casos previstos, la subasta, así como el pago del precio, se realizan por vía electrónica, en cumplimiento de las disposiciones reglamentarias a que se refiere el Artículo 161-ter de las disposiciones para la implementación de este Código ".


El Decreto Ministerial n. 32 de 26 de febrero de 2015 (Reglamento que contiene las normas técnicas y operativas para la realización de la venta de bienes muebles e inmuebles por vía telemática) define los procedimientos para la realización de la licitación online.

Por venta telemática, por tanto, entendemos el procedimiento de realización de una licitación entre múltiples oferentes mediante el uso de una plataforma informática específica, puesta a disposición por el gestor, que permite la gestión y participación en la venta a través de los métodos y especificaciones previstas por el dm.32/2015.

¿Qué tan obligatorias serán las ventas telemáticas?

Se prevé que el comienzo del experimento de venta obligatoria con métodos telemáticos a partir del 30 de diciembre de 2017.

¿Quién es el director de ventas telemático?

El responsable de ventas telemáticas es un sujeto constituido en forma de persona jurídica que debe estar inscrito en un registro especial establecido por el Ministerio de Justicia, el cual está autorizado por el Juez para gestionar la venta online.

Las empresas del Grupo Edicom, Edicom Finance Srl y Edicom Servizi Srl están inscritas en el registro de gerentes de ventas telemáticas con PDG n. 2 de 08/04/2017 y PDG n. 3 de 08/04/2017 , para todos los distritos del Tribunal de Apelación.

A efectos registrales, las empresas han cumplido los siguientes requisitos obligatorios:

Activación de una póliza de 3 millones de euros para las consecuencias financieras derivadas de la prestación del servicio de gestión de ventas telemática, necesario para operar en todos los distritos del Tribunal de Apelación;

Adopción de un manual operativo de los servicios;

Adopción de un plan de seguridad que describa todas las medidas y precauciones adoptadas por el gerente para garantizar la protección de los datos personales procesados ​​a través del portal y la seguridad de las operaciones, su integridad y la disponibilidad de los servicios; el plan incluye medidas para la copia de seguridad periódica de los datos y su recuperación en caso de daño o pérdida de datos y sistemas (recuperación ante desastres);

Cumplimiento del portal con los requisitos técnicos mencionados en los artículos 10 y 11 de la ley 9 de enero de 2004, n. 4 y el decreto de 8 de julio de 2005 del Ministro de Innovación y Tecnología, publicado en el Boletín Oficial de 8 de agosto de 2005, núm. 183, así como el decreto del Presidente de la República de 1 de marzo de 2005, n. 75.



En particular, las empresas cuentan con las siguientes plataformas de gestión:

Edicom Servizi Srl: Plataforma de gestión DoAuction que tiene dos interfaces web (sitios de exhibición) en las direcciones www.doauction.it (versión italiana) www.doauction.com (versión en inglés) en la que se publican las ventas telemáticas de bienes muebles e inmuebles y www.astemobili.it dedicado exclusivamente a la venta telemática de bienes muebles.

 

Edicom Finance Srl: Plataforma de gestión de GaraVirtuale que dispone de una interfaz web (sitio escaparate) en la dirección www.garavirtuale.it en la que se publican las ventas telemáticas de bienes muebles e inmuebles.

 

Las plataformas integran las siguientes características:

 

sitios de exhibición para consultar los productos a la venta;

Gestión de las modalidades de licitación previstas por el Decreto Ministerial nº 32 de 26/02/2015: síncrona, mixta síncrona, asíncrona, compraventa inmobiliaria sin remate y mediante comisionista

consola de competición para el “referente del procedimiento” y Juez;

consola de licitación en el lado del "postor";

área dedicada a los interesados ​​en asistir en operaciones de ventas telemáticas luego de registrarse en el portal;

registro informatizado de cesiones de ventas telemáticas.


¿Cuáles son los tipos de ventas telemáticas?

Las plataformas de gestión puestas a disposición por el Grupo Edicom han sido concebidas para poder gestionar todos los tipos de ventas telemáticas previstas por el Decreto Ministerial 32/2015 y otros tipos de ventas telemáticas que no entran en el ámbito de aplicación del decreto. (Ej. Cobro de ofertas o manifestaciones de interés, procedimiento competitivo en línea, arrendamiento competitivo, en el contexto de procedimientos concursales).

 

Venta síncrona : procedimiento para la realización de la subasta o licitación en la venta inmobiliaria sin encantamiento en el que las ofertas se formulan exclusivamente electrónicamente en la misma unidad de tiempo y con la conexión simultánea del juez o el referente del procedimiento (profesional delegado) y todos los postores. La participación en este tipo de licitaciones prevé que la oferta y la solicitud de participación en la subasta solo podrán presentarse por vía electrónica de conformidad con los artículos 12 y 13 del Decreto Ministerial 32/2015.

 

Venta sincrónica mixta: procedimiento para la realización de la subasta o licitación en la compraventa de bienes inmuebles sin encantamiento en el que se pueden formular las ofertas, en una misma unidad de tiempo, tanto por vía electrónica como compareciendo ante el juez o el referente del procedimiento (profesional delegado. este tipo de licitación dispone que la oferta de compra y la solicitud de participación en la subasta podrán presentarse electrónicamente de conformidad con los artículos 12 y 13 del Decreto Ministerial 32/2015 o de manera tradicional depositando en la oficina del profesional delegado o en el registro En este contexto, quienes han formulado la oferta o solicitud electrónicamente participan en las operaciones de venta con los mismos métodos, mientras que quienes han formulado laOfrecer o solicitar de manera tradicional participar presentándose ante el juez o el referente del procedimiento.

 

Venta asincrónica : procedimiento para la realización de la licitación en la venta inmobiliaria sin encantamiento en el que se formulan las ofertas, exclusivamente electrónicamente, en un período de tiempo predeterminado y sin la conexión simultánea del juez o el referente del procedimiento (profesional delegado) . La participación en este tipo de licitaciones prevé que la oferta y la solicitud de participación en la subasta solo podrán presentarse por vía electrónica de conformidad con los artículos 12 y 13 del Decreto Ministerial 32/2015.

 

 

Venta de inmuebles sin encantamiento y mediante comisionista: venta asincrónica de bienes muebles. Para participar en este tipo de venta , los usuarios interesados ​​en participar deberán registrarse en el portal del responsable de ventas telemático cumplimentando el correspondiente formulario de registro digital, introduciendo los datos identificativos y de contacto requeridos por el Decreto Ministerial 32/2015. Una vez finalizado el proceso de registro y activada la cuenta, se asigna al usuario un seudónimo útil y se garantiza el anonimato.


¿Cómo se envía una oferta para participar en una venta en línea?

Las ofertas de participación en las ventas telemáticas a que se refiere el Decreto Ministerial 32/2015, se presentan exclusivamente a través de un formulario web que estará disponible en el portal público de ventas, también accesible desde el enlace de la ficha relativa a los bienes en venta en el portal del gerente de ventas telemático.

Para poder presentar la oferta electrónicamente, el postor tiene dos opciones que se enumeran a continuación:

Disponer de un "buzón de correo electrónico certificado para venta telemática" (se trata de un buzón de identificación PEC particular útil con el único fin de participar en la venta telemática emitida por un gerente identificado por el Ministerio de Justicia previsto en el artículo 13, párrafo 4 del 32 de 26 de febrero de 2015);

 

Tener una dirección de correo electrónico certificada "tradicional" y un dispositivo de firma digital con el que firmar la oferta.


El manual para la presentación de ofertas en línea emitido por el Ministerio de Justicia se puede encontrar en el siguiente enlace:

https://pst.giustizia.it/PST/resources/cms/documents/ManualeUtenteOfferta06_08_2021.pdf


¿Existe alguna asistencia para la gestión y participación en ventas telemáticas?

Las empresas del Grupo Edicom, Edicom Finance Srl y Edicom Servizi Srl, en su calidad de responsables de ventas telemáticas, prestan los siguientes servicios de asistencia:

Apoyo a la ciudadanía para la participación en ventas telemáticas:

1

Soporte telefónico informativo a través de un Contact Center dedicado

2

Soporte para el registro y otras actividades en los portales de ventas en línea www.astemobili.it www.doauction.com y www.garavirtuale.it

3

Soporte a los usuarios para la recopilación de la oferta telemática en el Portal Público de Ventas y para la verificación de los requisitos hardware necesarios para la participación de forma electrónica

4

Suministro de buzones de correo electrónico certificados y dispositivo de firma digital


Soporte para profesionales de ventas telemáticas:

1

Apoyo a los profesionales delegados para el uso de la consola de licitación en el contexto de la implementación de ventas telemáticas según DM 26/02/2015 n. 32 y en las fases de licitación

2

Soporte para la confección del aviso electrónico de venta de acuerdo a los procedimientos establecidos en la orden por el Juez

3

Apoyo para la instalación de la sala de subastas para venta síncrona mixta prevista por el Decreto Ministerial 26/02/2015 n. 32, suministro del kit de equipo de hardware y el software necesario

4

Personalización de informes de ventas telemáticos procesados ​​automáticamente por las plataformas de gestión del Grupo Edicom

5

Asesoramiento para la activación de líneas de datos equipadas con la banda y la estabilidad necesaria para poder realizar las ventas telemáticas previstas por el DM 26/02/2015 n. 32


CONTACTOS PARA INFORMACIÓN Y ASISTENCIA

El servicio está activo de lunes a viernes de 9:00 a 13:00 y de 14:30 a 17:00 a través de los siguientes medios de contacto:

Oficina Venecia-Mestre: tel. 041.5369911 fax 041.5361923

Oficina de Palermo: tel. 091.7308290 fax 091.6261372

correo electrónico: venditetelematiche@edicomsrl.it

chat en línea disponible en los portales: www.astemobili.it - www.doauction.com - www.garavirtuale.it